El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado la Instrucción SEM 3/2025, una guía fundamental que clarifica y actualiza los procedimientos relativos a las autorizaciones de estancia por estudios de larga duración, participantes en programas de movilidad, voluntarios o quienes realicen actividades formativas en España. Este documento, alineado con el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024, el Nuevo Reglamento de Extranjería 2025, que introduce avances que aportan seguridad jurídica, homogeneidad en la aplicación de la normativa y una adaptación clara al nuevo marco regulatorio.
Principales Aclaraciones interpretativas sobre la nueva estancia por estudios en España
1. Reconocimiento de los cursos de idiomas como estudios superiores
Una de las grandes novedades es la inclusión de los estudios idiomáticos presenciales en instituciones de educación superior reconocidas como estudios superiores válidos para tramitar la autorización de estancia de larga duración. Se especifica que el idioma estudiado debe ser distinto a la lengua materna o la lengua oficial del país de origen del solicitante. Esta medida fomenta la internacionalización de las universidades españolas y amplía el abanico de oportunidades para estudiantes extranjeros.
2. Flexibilidad en el pago de tasas de matrícula
El documento aclara que el requisito de haber abonado los derechos de inscripción, matrícula o documento equivalente se entenderá cumplido incluso si el pago es fraccionado o está exento por convenio, siempre que se acredite la situación. Asimismo, si los plazos de pago fijados por la institución educativa no coinciden con los plazos del procedimiento de solicitud, será suficiente aportar el compromiso de abonar las tasas. Este punto facilita la adaptación de los solicitantes a la burocracia española y reconoce la diversidad de programas académicos en la aplicación de los procedimientos de estancia por estudios.
3. Opcionalidad de los periodos previos y posteriores a la estancia
Hasta ahora, el artículo 55.2 del Reglamento otorgaba automáticamente un mes previo y quince días posteriores al periodo oficial de estudios para instalarse o concluir trámites. La instrucción aclara que estos periodos son optativos y que el estudiante puede elegir solicitar una autorización que coincida exactamente con la duración de los estudios o actividad, evitando así tiempos de estancia innecesarios, y una mejor programación dentro de la estancia por estudios.
4. Prórrogas y control de antecedentes penales
Para quienes necesiten prorrogar su estancia por estudios, se establece la obligación de abonar la tasa correspondiente. Además, cuando la autorización inicial sea inferior a seis meses y la suma de la autorización y su prórroga supere los seis meses, el solicitante deberá demostrar que carece de antecedentes penales en los países donde haya residido en los últimos cinco años. Este requisito refuerza la seguridad jurídica y el control de la legalidad en la concesión de prórrogas.
5. Procedimiento claro para la solicitud de familiares
La instrucción quinta detalla de manera precisa el procedimiento para solicitar autorizaciones de estancia para familiares de estudiantes de estudios superiores, permitiendo que estas solicitudes se tramiten de forma conjunta con la del titular, tanto en territorio español como en la oficina consular. Se deja claro que la autorización de familiares queda siempre subordinada a la concesión de la autorización principal, garantizando la unidad familiar y evitando desplazamientos innecesarios. Esto facilita mucho a que aquellos que poseen una unidad familiar, a ejemplo de un matrimonio con o sin hijos, pueda solicitar integrado a la estancia por estudios del interesado, un procedimiento conjunto a los familiares directamente en España.
6. Régimen transitorio para adaptarse al nuevo reglamento de extranjería
Se regula un régimen transitorio para que los titulares de autorizaciones concedidas bajo el anterior Reglamento (Real Decreto 557/2011) puedan actualizarse al nuevo marco normativo. Esto permite que quienes tengan autorizaciones con duraciones inferiores al total de su programa de estudios puedan solicitar una autorización con vigencia igual a la duración oficial restante. Es un avance que aporta estabilidad y seguridad a quienes ya estaban en España estudiando bajo la normativa anterior.
7. Última prórroga para estudios no previstos en el nuevo reglamento
La instrucción también prevé un régimen especial para los estudiantes cuyas actividades formativas ya no estén incluidas en el nuevo Reglamento. Estos podrán solicitar una única prórroga de su estancia por estudios, con duración igual a la del curso o actividad en la que estén matriculados, con un límite máximo de un año. Esta prórroga se considera como una autorización inicial de estancia de larga duración, pero no podrá renovarse más allá de ese plazo.
8. Conversión de estancia por estudios en residencia y trabajo
Finalmente, uno de los puntos más destacados y que puede cambiar la vida de muchos estudiantes extranjeros es la posibilidad de convertir la autorización de estancia en una autorización de residencia y trabajo sin necesidad de solicitar visado, siempre que se haya obtenido la titulación o certificado correspondiente. Esto abre una puerta clave a la integración laboral de los estudiantes extranjeros en España, reconociendo su formación y contribución al tejido productivo del país.
Conclusión
Con estas instrucciones, la Secretaría de Estado de Migraciones busca dotar de mayor claridad, agilidad y seguridad jurídica los procedimientos relativos a las autorizaciones de estancia por estudios y actividades formativas, garantizando así un trato homogéneo en toda España y una mejor adaptación de la normativa a las necesidades reales de los estudiantes internacionales. Este conjunto de medidas convierte a España en un país más atractivo para estudiar, formarse y proyectar un futuro profesional.
¿Necesitas ayuda para tramitar tu autorización de estancia? En Guilherme Cesar Immigration Lawyer contamos con un equipo especializado en Derecho de Extranjería, listo para asesorarte en cada paso de tu solicitud o prórroga. El nuevo reglamento de extranjería introduce importantes modificaciones, limitaciones y requisitos que pueden generar dudas o errores que afecten tu estancia en España. Por ello, resulta fundamental contar con un profesional experto que conozca en detalle la ley y garantice que tu trámite se realice con éxito y seguridad jurídica.
¡Contacta con nosotros y deja tu proceso en manos de especialistas!