ESPAÑA INICIA UNA REGULARIZACIÓN MASIVA DE EXTRANJEROS: OPORTUNIDAD ÚNICA PARA OBTENER RESIDENCIA Y TRABAJO EN 2026

España aprueba una regularización masiva de extranjeros: todo lo que debes saber sobre el nuevo proceso extraordinario

El Gobierno de España ha aprobado un proceso extraordinario de regularización masiva de extranjeros mediante Real Decreto, en lo que ya se considera una de las medidas más ambiciosas en materia migratoria desde la llegada de la democracia. Esta iniciativa podría permitir que más de 500.000 personas obtengan autorización de residencia y trabajo en España a medio plazo.

La regularización responde a lo que el Ejecutivo ha calificado como una “urgencia social”, con el objetivo de otorgar derechos a personas que ya se encuentran en el país y facilitar su integración social y laboral. La medida ha sido impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, encabezado por la ministra Elma Sáiz, quien ha calificado la aprobación como “un día histórico para nuestro país”.

A continuación, analizamos en profundidad los requisitos, plazos, beneficios y aspectos clave de este proceso extraordinario.

¿Quién puede acogerse a la regularización?

La medida está dirigida principalmente a:

  • Personas que hayan residido en España de manera continuada durante al menos cinco meses antes del 31 de diciembre de 2025.

  • Extranjeros que hayan ingresado en territorio español antes de esa fecha.

  • Solicitantes de protección internacional (asilo) que hayan presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025, sin exigencia de tiempo mínimo de permanencia.

  • Hijos menores de edad que ya se encuentren en territorio español.

Es importante destacar que la norma establece como criterio central la permanencia continuada en España durante los cinco meses anteriores a la solicitud. Por ello, será fundamental conservar y organizar adecuadamente toda la documentación que pueda servir como prueba.

¿Cómo se acreditará la permanencia en España?

Uno de los aspectos más relevantes del proceso es la flexibilidad en la acreditación de la estancia. El Gobierno ha indicado que será válido presentar:

  • Pasaporte con sello de entrada.

  • Billete de avión o de transporte.

  • Facturas o recibos con nombre y fecha.

  • Certificados médicos.

  • Documentación bancaria.

  • Cualquier documento público o privado que permita demostrar la presencia en España antes del 31 de diciembre de 2025.

Incluso podrá aceptarse una combinación de documentos que, en conjunto, acrediten la permanencia continuada.

Requisitos fundamentales

Para poder beneficiarse de esta regularización extraordinaria será imprescindible:

  1. Carecer de antecedentes penales en España y en el país de origen.

  2. No suponer una amenaza para el orden público.

  3. Mantener buena conducta y no contar con antecedentes policiales significativos.

  4. Acreditar la permanencia continuada en España durante los cinco meses previos a la solicitud.

En relación con los antecedentes penales, el certificado deberá estar debidamente legalizado y traducido cuando proceda. En algunos países la obtención de este documento puede tardar, por lo que se recomienda iniciar su tramitación cuanto antes.

Además, aunque la existencia de procedimientos sancionadores por multa o incluso órdenes de expulsión en España no necesariamente supondrá la denegación automática, será imprescindible analizar cada caso de forma individualizada. Especial atención merecen las posibles expulsiones en otros países del espacio Schengen, ya que podrían afectar la resolución.

¿Será necesario contrato de trabajo?

Hasta el momento, no se ha establecido la obligación de presentar contrato de trabajo ni acreditar medios económicos previos para acceder a esta autorización inicial. Este punto convierte la medida en especialmente relevante para personas que actualmente se encuentran en situación irregular.

¿En qué consistirá la autorización concedida?

Una vez aprobada la solicitud:

  • Se otorgará una autorización inicial de residencia y trabajo de un año de duración.

  • El permiso será válido en todo el territorio nacional y para cualquier sector de actividad.

  • Los hijos menores ya presentes en España podrán obtener una autorización de residencia de cinco años.

  • Con la mera admisión a trámite, en un plazo estimado máximo de 15 días, el solicitante podrá comenzar a trabajar legalmente.

Transcurrido el año inicial, será necesario modificar la autorización a través de los procedimientos ordinarios previstos en el Reglamento de Extranjería (artículo 191).

Plazos y procedimiento

El Gobierno estima que las solicitudes comenzarán a presentarse a principios de abril, una vez finalizada la tramitación del Real Decreto, y el plazo permanecerá abierto hasta el 30 de junio.

La administración contará con hasta tres meses para resolver los expedientes.

El procedimiento podrá realizarse:

  • De forma presencial.

  • De forma telemática através de un abogado debidamente autorizado.

La tramitación se ha aprobado por vía urgente mediante Real Decreto, evitando informes adicionales del Consejo de Estado y agilizando su entrada en vigor.

regularización extraordinaria
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¿Qué ocurre con expedientes en trámite?

Las personas que actualmente tengan procedimientos abiertos en materia de extranjería podrían acogerse a esta medida si resulta más favorable. Cada situación deberá analizarse estratégicamente para determinar cuál opción ofrece mayores garantías.

Contexto histórico

No es la primera regularización en democracia. Desde los años noventa se han aprobado siete procesos similares en España. La última gran regularización tuvo lugar en 2005, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, con más de 576.000 personas beneficiadas.

De confirmarse las estimaciones actuales, esta nueva regularización podría situarse entre las más amplias en términos cuantitativos. Según datos oficiales, en la Unión Europea se han llevado a cabo más de 40 regularizaciones desde los años noventa.

La importancia de contar con asesoramiento jurídico especializado

Aunque el proceso puede parecer sencillo en su planteamiento general, la realidad práctica suele ser más compleja:

  • Análisis de antecedentes.

  • Estrategia de acreditación documental.

  • Preparación correcta de certificados extranjeros.

  • Evaluación de riesgos en caso de sanciones previas.

  • Elección del momento adecuado para presentar la solicitud.

  • Seguimiento del expediente hasta resolución.

Un error en la documentación, una prueba insuficiente de permanencia o un problema con antecedentes puede comprometer seriamente el resultado.

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  • Asesoramiento para la posterior modificación de la autorización.

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